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    Garantías Constitucionales en Procesos Disciplinarios Laborales
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    Garantías Constitucionales en Procesos Disciplinarios Laborales

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    El proceso disciplinario en materia laboral debe respetar garantías constitucionales mínimas. La Corte Constitucional en Sentencia C-593 de 2014 fijó los lineamientos obligatorios para los empleadores.

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    ⚖️ Debido Proceso en el Ámbito Laboral

    El proceso disciplinario en materia laboral debe respetar garantías constitucionales mínimas que permitan dotar de legalidad las acciones adelantadas por el empleador y garantizar al empleado el derecho fundamental al trabajo.

    La Corte Constitucional en Sentencia C-593 de 20 de agosto de 2014 constituyó en cabeza de los empleadores la obligación de contar en el Reglamento Interno de Trabajo con un procedimiento disciplinario objetivo y claro.

    El Procedimiento Disciplinario debe cumplir con:

    I

    Comunicación formal de apertura del proceso disciplinario

    II

    Formulación de los cargos imputados de manera clara y precisa

    III

    Traslado al imputado de todas las pruebas que fundamentan los cargos

    IV

    Término para que el acusado formule sus descargos y contrarreste pruebas

    V

    Pronunciamiento definitivo del patrono mediante acto motivado y congruente

    VI

    Imposición de una sanción proporcional a los hechos

    VII

    Posibilidad de controvertir las decisiones mediante recursos pertinentes

    Escrito por

    Equipo AZC

    1 de octubre de 2015

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